El pasado martes, 21 de mayo, tuvo lugar en el Congreso de los Diputados del Estado español la Sesión Plenaria para tomar en consideración la proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para prohibir el proxenetismo en todas sus formas.
Mediante la presente modificación del Código Penal se pretende “articular la necesaria respuesta penal, optándose por castigar el proxenetismo de manera general en el artículo 187, sin exigir la relación de explotación, que conduce a una restricción indeseada del alcance del tipo. Al requerirse que el favorecimiento de la prostitución se realice con ánimo de lucro, se dejan fuera del tipo conductas de mera recepción de dinero proveniente de la persona prostituida (por ejemplo, familiares) y otras conductas que pueden considerarse neutrales o inocuas”.
Tras la intervención de cada una de las y los representantes de los partidos que forman la Cámara, se dio paso a la votación oficial con respecto a la propuesta, ganando finalmente la oposición a la tramitación de la misma con buena parte de los aliados parlamentarios del Ejecutivo. El resultado final fue 122 a favor, 184 en contra y 36 abstenciones. Es la primera vez en casi seis años de Gobierno del actual Partido Socialista que el Congreso impide al PSOE tramitar una iniciativa legislativa. Pero no es para menos, pues dicha propuesta tenía inherentemente una complejidad que claramente se vio reflejada en las argumentaciones dadas durante la Sesión plenaria.
Una de las principales críticas a la Ley es que la única medida fuese el endurecimiento de las penas sin un plan alternativo para las mujeres. Tras este debate y la decisión final con respecto a no tramitar dicha Ley, queda clara la complejidad que envuelve a la realidad de la prostitución, sobre todo, con respecto a su legislación, y el impacto y consecuencias que ésta puede tener para las personas en dichos contextos, y especialmente para las mujeres que forman mayoritariamente dicho colectivo.
No es suficiente abordar esta realidad únicamente desde el marco penal, sino que es necesaria la implementación de programas específicos que tengan en cuenta la perspectiva de protección a través del acceso a una vivienda digna y a trabajos dignos y no precarizados entre otros derechos. Esto pasa por la modificación de otras leyes existentes que promueven barreras especialmente para las mujeres migrantes en situación de irregularidad administrativa, como son la Ley de extranjería y la Ley mordaza que continúan criminalizándolas. Al mismo tiempo, es importante no obviar e incidir en la puesta en marcha de una educación en igualdad, en materia de sexualidad y en la sensibilización con respecto al estigma que sufren las mujeres en contextos de prostitución, estigma que en muchas ocasiones les priva de su participación en la vida social y política, y por lo tanto en la toma de decisiones en el marco legislativo.